Máquinas recreativas

La Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Cádiz muestra su satisfacción por la sentencia del Juzgado de lo Penal número 1 de Jerez que ha condenado a un conocido empresario de dicho municipio, así como a dos testaferros suyos, a 10 meses de prisión, una multa de 120.000 euros a cada uno y a la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones y ayuda públicas durante 5 años. El mencionado empresario usaba como testaferro a una persona insolvente para no pagar los impuestos que establece la normativa para las máquinas recreativas.

La sentencia, que es firme, ha tenido en cuenta que el condenado ha reconocido los hechos y procedido a devolver el capital defraudado, más de 356.000 euros, a lo que habría que añadir los elevados intereses devengados.

La Junta de Andalucía, perjudicada por un posible delito fiscal y que se personó en el procedimiento penal a través de su Gabinete Jurídico, recalca que la sentencia supone un precedente en Andalucía al considerarse por primera vez delito fiscal el impago de las tasas fiscales que gravan las máquinas recreativas, siempre que su importe exceda los 120.000 euros por año.

Las investigaciones de estos hechos se han llevado a cabo por la Unidad de Policía Adscrita a la Junta de Andalucía a instancias de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Cádiz. Estas pesquisas lograron determinar que la persona que aparecía como administrador único de la empresa era un testaferro que desconocía todo lo relacionado con dicha empresa.

Detrás del testaferro, que había adquirido la empresa en escritura notarial a pesar de que carecía prácticamente de recursos económicos, se encontraba un empresario que era conocedor del funcionamiento de estas empresas en el ramo de las máquinas recreativas y de azar. 

Las investigaciones policiales determinaron que la compraventa de la empresa originaria, que fue puesta a nombre del testaferro, fue realizada por el empresario que permanecía en la sombra. El ahora condenado efectuó los pagos generados por la compraventa y, a través de un tercero, formalizaba toda la documentación referente a las máquinas recreativas. De hecho, el testaferro negó que dichos documentos hubiesen sido firmados realmente por él. 

Actividad regulada

Las empresas operadoras de máquinas recreativas han mostrado su satisfacción por esta sentencia, puesto que esta situación ejercía una competencia desleal en relación a las mismas, que pagan regularmente sus impuestos. De hecho, hay que destacar que éste es uno de los sectores en los que ha disminuido de forma muy considerable la actividad ilegal, siendo actualmente uno de los que cuenta con mayor grado de profesionalidad y menor grado de incumplimientos.

El juego es una actividad regulada por ley y su práctica está sujeta al cumplimiento de una estricta normativa. Los locales y personas que organizan actividades ilegales de juego perjudican a los establecimientos y entidades que sí cumplen la legislación y suponen un menoscabo al erario público, ya que no abonan las tasas e impuestos correspondientes. Además, este tipo de actividades irregulares constituye una vulneración de las condiciones técnicas y de seguridad que deben tener este tipo de locales y también de las garantías de las personas que participan en estos juegos fraudulentos.

Además de estas intervenciones, tanto la Policía adscrita como los inspectores de la Junta realizan funciones de vigilancia y de prevención para evitar que se cometan infracciones en este ámbito. Como parte de esta labor disuasoria, ofrecen información de la normativa vigente y de las repercusiones que acarrea su incumplimiento.

 


 

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