DCCU / Trekant Media

El Servicio Andaluz de Salud (SAS) ha tenido constancia de un pago irregular de 3 millones de euros desde 2008 al personal de Enfermería del Dispositivo de Cuidados Críticos y Urgencias (DCCU) de Sevilla amparado en un acuerdo propiciado por anteriores gerencias de distrito del Gobierno socialista. Tras conocer estos hechos, el SAS ha abierto una auditoria interna y una información reservada para esclarecerlos totalmente y adoptar, si procede, las medidas legales que se desprendan, ya que para la actual Gerencia del Distrito Sevilla se hace imposible poder seguir abonando estas cantidades por constituir una práctica irregular y desde que tuvo conocimiento de este pago, a principios de año, se procedió a suprimirlo.

De este modo, el SAS rechaza la convocatoria de huelga en el DCCU de Sevilla. En la convocatoria de paro se hace referencia a ese acuerdo de 2008 firmado y corroborado con las anteriores gerencias de Distrito en el que, en cualquier caso y aunque no se mencione, especifica que “sólo obliga mientras estuviese ese grupo Directivo".

La realidad es que el SAS ha constado que se estaban abonando complementos de coordinación y disponibilidad y el pago de un número determinado de horas complementarias en cada nómina mensual sin 

estar reguladas en las retribuciones del Servicio Andaluz de Salud para esos colectivos y, lo que es más grave, sin que éstas se realizasen.

Esto ha supuesto un perjuicio económico para el Distrito y la sanidad andaluza de más de 3 millones de euros desde 2008, ya que asciende a 4.752 euros por trabajador al año (396 al mes por 12 meses) que teniendo en cuenta que son 54 efectivos (256.608 euros año).

Desde el SAS, la directora general de Personal, Pilar Bartolomé, considera que “es un enriquecimiento al menos injusto e irregular de este personal, incluso con respecto a sus compañeros, que ha venido percibiendo una prestación económica por un servicio no realizado --jornada complementaria sobre la base de 28 horas de noches y festivos--, que, desde su contratación le han sido abonadas como jornada ordinaria, generándose con ello una duplicidad retributiva encubierta”.

 


 

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