La expulsión de tres mujeres de piscinas municipales de Burgos por utilizar burkini ha reabierto el debate sobre el uso de esta prenda en las instalaciones públicas y sobre la normativa que regula el acceso a las zonas de baño en la ciudad.
Los hechos se produjeron después de que el personal de las piscinas impidiera el baño a las tres mujeres al considerar que la indumentaria que utilizaban incumplía el reglamento de las instalaciones deportivas municipales. La normativa establece que únicamente está permitido el uso de bañadores en las zonas de baño y prohíbe acceder al agua con ropa de calle. Como excepción, contempla el uso de prendas de licra o neopreno cuando exista una autorización expresa del Servicio Municipalizado de Deportes por motivos médicos y con una vigencia máxima de seis meses.
Según la información publicada, dos de las mujeres vestían prendas consideradas de calle, mientras que una tercera utilizaba un rashguard, una camiseta técnica habitual en deportes acuáticos como el surf cuya consideración generó dudas durante la intervención.
La alcaldesa de Burgos, Cristina Ayala, defendió la actuación del personal municipal al asegurar que se limitó a aplicar una normativa que lleva años en vigor y afirmó que no se ha producido ningún cambio en el reglamento respecto a temporadas anteriores.
Tras la polémica, el Ayuntamiento de Burgos ha anunciado que trasladará el asunto al Consejo de Deportes para que los grupos políticos con representación municipal debatan si la regulación vigente debe mantenerse o modificarse.
El caso ha vuelto a poner sobre la mesa el debate sobre el uso del burkini en las piscinas públicas, enfrentando las posiciones que defienden el cumplimiento de la normativa y las condiciones de higiene establecidas en las instalaciones con las que reclaman una regulación que tenga en cuenta la diversidad cultural y religiosa.
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