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La aprobación definitiva del nuevo Plan General de Ordenación Urbana del municipio de Ubrique ha sido recurrida judicialmente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. Ecologistas en Acción ha presentado este recurso alegando que el plan clasifica como suelos urbanizables o urbanos no consolidados tres sectores situados dentro del parque natural Sierra de Grazalema, un espacio completamente integrado en la Red Natura 2000 de la Unión Europea.

Según la organización, "la inclusión como suelo urbanizable o urbano no consolidado de tres ámbitos del parque natural Sierra de Grazalema" incumple tanto las directivas europeas como sentencias del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional. El recurso impugna el Acuerdo de la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Cádiz del 13 de diciembre de 2024, mediante el cual se aprobó la revisión del PGOU y que fue publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 12, el 20 de enero de 2025.

Ecologistas en Acción ha detallado que durante todo el procedimiento de tramitación del PGOU presentaron "alegaciones e informes al ayuntamiento de Ubrique y a las consejerías de Sostenibilidad y Medio Ambiente y de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda de la Junta de Andalucía", advirtiendo que resulta ilegal declarar urbanizables los terrenos protegidos del parque natural. En el comunicado afirman que "tanto el ayuntamiento como la Junta de Andalucía han hecho caso omiso, y han terminado por aprobar un PGOU manifiestamente ilegal".

Entre los fundamentos del recurso, Ecologistas en Acción cita la sentencia del Tribunal Supremo de 29 de enero de 2014, que establece que "la inclusión de unos terrenos en la Red Natura 2000 comporta la sujeción de esos terrenos a unos regímenes de protección (…) y determina que sea preceptiva su clasificación como suelo no urbanizable de especial protección". Asimismo, citan la sentencia del Tribunal Constitucional del 13 de noviembre de 2019, que determina que "todos los espacios incluidos en la Red Natura 2000 deben quedar preservados de su transformación urbanística y deben ser clasificados como Suelo No Urbanizable (SNU) de especial protección".

El parque natural Sierra de Grazalema fue declarado por la Junta de Andalucía en 1985 y es Reserva de la Biosfera desde 1977. En 1989 fue declarado como Zona de Especial Protección para las Aves, en 2006 como Lugar de Importancia Comunitaria y en 2012 como Zona de Especial Conservación. De esta forma, la totalidad del parque se encuentra incluido dentro de la Red Natura 2000, por lo que, según Ecologistas en Acción, "todos los terrenos fuera de los cascos urbanos tradicionales deben clasificarse como Suelo No Urbanizable de Especial Protección".

Durante la tramitación del plan, la delegación territorial de Sostenibilidad y Medio Ambiente en Cádiz solicitó un informe jurídico a los Servicios Jurídicos de la Junta de Andalucía, emitido en julio de 2021. Dicho documento confirma que “esta sentencia del Tribunal Constitucional ... plantea la clasificación como suelo en situación rural o suelo no urbanizable de especial protección por legislación específica de aquellos terrenos incluidos en la Red Natura 2000 (…), resultando incompatible a la normativa básica la posibilidad de transformación urbanística…”. Este informe, según denuncia la organización ecologista, fue ocultado por la consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente. Ecologistas en Acción lo hizo público y lo aportó a la demanda presentada ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.

El PGOU aprobado contempla como urbanizables tres sectores dentro del parque natural: La Rozuela, Los Olivares y el sector Hotelero Norte. Estos terrenos, que suman 81.470 metros cuadrados, están destinados a la construcción de 265 viviendas, hoteles y naves industriales. Ecologistas en Acción señala que "algunos de estos ámbitos ya habían sido declarados urbanizables de forma ilegal con modificaciones de las anteriores normas urbanísticas", sin haber sido sometidos a la evaluación ambiental estratégica obligatoria. Por ello, consideran que estos desarrollos incurren en nulidad radical, contraviniendo la jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional.

Ecologistas en Acción subraya que las recalificaciones de estos suelos protegidos contaron con "informes favorables del director del parque natural Sierra de Grazalema y del delegado territorial de la consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente en Cádiz", a pesar de que "incumplen, con pleno conocimiento, directivas comunitarias, legislación básica estatal y la jurisprudencia del TS y del TC". En el comunicado también denuncian que "el director del parque natural llegó a asegurar que algunas de las zonas afectadas no pertenecían al parque natural para justificar su urbanización".

La organización ecologista ha criticado que estas actuaciones coinciden con actos institucionales conmemorativos del cuarenta aniversario del parque natural. Según denuncian, "las personas de máxima responsabilidad en la consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente y en el parque natural Sierra de Grazalema organizaron un fasto de celebración del 40 aniversario de este espacio natural protegido; las mismas que apoyan su urbanización incumpliendo las normas y sentencias que deberían garantizar su protección". Añaden que "celebran el 40 aniversario del parque natural aprobando la urbanización de parte de este espacio natural protegido".

La demanda presentada ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía solicita "la nulidad de pleno derecho de los sectores SUS-1 La Rozuela, SUS-2 Los Olivares y el Sector 27 del Suelo Urbano No Consolidado-Hotelero-Norte". Además, piden que se ordene a la administración competente "la clasificación del suelo de esos tres ámbitos como Suelo No Urbanizable de Especial Protección".

 


 

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