La Junta de Andalucía ha declarado el área de emergencia cinegética temporal en todos los terrenos, cinegéticos y no cinegéticos, de la comunidad autónoma, debido a los daños, riesgos sanitarios, ambientales y de seguridad vial provocados por la superpoblación de jabalíes y cerdos asilvestrados. La medida ha sido publicada por la dirección general de Política Forestal y Biodiversidad en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con el objetivo de reducir la densidad de estas especies y facilitar herramientas de control a cazadores y titulares de terrenos.

Desde 2014, la Consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente ha adoptado medidas excepcionales frente al crecimiento de estas poblaciones, cuya presencia en libertad se considera un riesgo real para el ecosistema, la agricultura, la ganadería y la seguridad de las personas. Entre las especies, se destaca al cerdo asilvestrado como población genéticamente alterada. El comportamiento gregario, la movilidad y la dieta de estos animales les convierten en depredadores principales de los montes andaluces, responsables además de la difusión de enfermedades transmisibles y accidentes de tráfico.

Con la resolución, se permite el uso de modalidades de captura en vivo y el uso de armas tanto durante el periodo hábil de caza, según lo establecido en el Plan Técnico de Caza, como fuera de dicho periodo mediante modalidades específicas como rececho y aguardos. La resolución establece también excepciones en el uso de atrayentes olorosos y el aporte puntual de alimentos vegetales o piensos en determinadas condiciones, como que la cantidad sea reducida, colocada en un único punto entre 40 y 75 metros del puesto de aguardos, sin que implique una suplementación alimentaria, y sin emplear dispensadores ni alimentos cárnicos.

En el caso de los terrenos no cinegéticos, el método aprobado será la colocación de capturaderos previa comunicación a la Delegación Territorial competente con al menos diez días hábiles de antelación. Esta comunicación podrá cubrir toda la temporada de caza. Además, se han suprimido las acciones de caza colectivas fuera del periodo hábil para evitar impactos negativos en la reproducción de otras especies silvestres.

Durante la temporada de caza 2025-2026, en terrenos cinegéticos con aprovechamiento principal o secundario de caza mayor, se autoriza el uso de visores nocturnos o térmicos para facilitar la identificación, el disparo y la seguridad. El cazador deberá portar una autorización expresa firmada por el titular del coto. También se detallan condiciones particulares para la provincia de Cádiz, donde los terrenos cinegéticos destinados a caza menor deberán disponer como mínimo de un capturadero por cada 200 hectáreas, como parte del esfuerzo de erradicación del cerdo asilvestrado.

Respecto a los terrenos urbanos y rústicos urbanizados no ordenados, la competencia recae en las autoridades municipales, a quienes deben dirigirse los interesados para obtener autorización de control. Se recomienda a los ayuntamientos permitir y coordinar el uso de capturaderos y la retirada de ejemplares conforme a las normas de bienestar animal y sanidad.

 


 

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