Inician la construcción de un polígono industrial en una parcela situada bajo el Salto de la Mora, en Ubrique, dentro del parque natural Sierra de Grazalema. La zona, colindante con la carretera A-2302 a la salida del municipio en dirección a Benaocaz, alberga las ruinas de la ciudad romana de Ocuri. Según Ecologistas en Acción, estas obras se están llevando a cabo sin cumplir la normativa vigente y han sido denunciadas ante el Ayuntamiento de Ubrique y la dirección del parque natural.
Ecologistas en Acción sostiene que la zona afectada "está incluida en el parque natural Sierra de Grazalema y, por tanto, forma parte de la Red Natura 2000 (RN2000) de la UE". A lo largo del proceso de tramitación del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Ubrique, el colectivo ecologista ha presentado alegaciones insistiendo en que este espacio debía clasificarse como Suelo No Urbanizable de Especial Protección (SNUEP). Sin embargo, aseguran que "tanto el ayuntamiento como la Junta de Andalucía han hecho oídos sordos".
El nuevo PGOU de Ubrique, aprobado recientemente, mantiene esta zona como suelo urbano, inicialmente prevista para un desarrollo hotelero, aunque finalmente fue reclasificada para la construcción del polígono industrial. Ecologistas en Acción denuncia que "estas modificaciones de las normas urbanísticas de Ubrique se han realizado sin someterse a la preceptiva evaluación ambiental estratégica", lo que ha llevado a la anulación de numerosos planes urbanísticos por los tribunales en casos similares.
El colectivo ha recordado que el Tribunal Constitucional dictaminó, en sentencia del 13 de noviembre de 2019, que "todos los espacios incluidos en la RN2000 deben quedar preservados de su transformación urbanística y deben ser clasificados como Suelo No Urbanizable de Especial Protección por sus valores naturales, en aplicación de la legislación española y comunitaria". Además, el Tribunal Supremo se pronunció en el mismo sentido en una sentencia de 29 de enero de 2014, determinando que "la inclusión de unos terrenos en la RN2000 comporta la sujeción de esos terrenos a unos regímenes de protección (…), y determina que sea preceptiva su clasificación como suelo no urbanizable de especial protección".
Ecologistas en Acción denuncia que "la totalidad del parque natural Sierra de Grazalema está integrada en la RN2000, al estar declarado por la UE como Zona de Especial Conservación (ZEC) y Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA), y, por tanto, debe clasificarse como Suelo No Urbanizable de Especial Protección (SNUEP), en cumplimiento de las sentencias del TS y del TC".
A pesar de la jurisprudencia existente, el PGOU de Ubrique ha mantenido varias zonas del parque natural, con una superficie de más de 100.000 m², como suelo urbanizable, lo que el colectivo califica como "una manifiesta ilegalidad". Además, en la resolución de aprobación del PGOU publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) el 20 de enero, se suspendió la clasificación como suelo urbano consolidado de esta zona, lo que impide la concesión de licencias de obra. Sin embargo, según la denuncia de Ecologistas en Acción, "al parecer el Ayuntamiento ha concedido licencia de obras e iniciado los trabajos de este polígono industrial".
El colectivo ecologista responsabiliza de esta situación "al director del parque natural, que informó favorablemente el PGOU, excluyendo a esta zona del informe argumentando que no formaba parte del parque natural/RN2000, lo que es manifiestamente falso, y al delegado territorial de la consejería de Sostenibilidad y Medio Ambiente, que emitió una declaración ambiental estratégica favorable a la clasificación de suelos urbanizables en terrenos del parque natural/RN2000, lo que es manifiestamente ilegal". Añaden que "es inconcebible que responsables de la Junta de Andalucía muestren esta insumisión a las sentencias del TS y del TC".
Ecologistas en Acción ha solicitado "la paralización inmediata de las obras y la modificación del PGOU de Ubrique para incluir todos los terrenos del parque natural Sierra de Grazalema como SNUEP, en cumplimiento de la jurisprudencia del TS y de la doctrina del TC".
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