El Consejo de Gobierno ha aprobado el decreto por el que se establece el procedimiento para el reconocimiento de la condición de perro de asistencia, así como su distintivo y carné de vinculación, la inscripción de los centros de adiestramiento y el contenido y funcionamiento del Registro de Perros de Asistencia de Andalucía.

Esta normativa desarrolla la Ley 11/2021, que regula los perros de asistencia a personas con discapacidad en Andalucía, y reconoce el derecho de acceso al entorno de las personas con discapacidad o con determinadas condiciones de salud que necesiten el acompañamiento, conducción, ayuda y auxilio de un perro de asistencia. También se reconoce este derecho a los centros de adiestramiento de estos animales.

El texto establece que el procedimiento para el reconocimiento de la condición de perro de asistencia se iniciará a instancias de la persona usuaria, su representante legal en caso de ser menor de edad, su guardador de hecho o la persona que le preste apoyo en el ejercicio de su capacidad jurídica.

Los perros de asistencia deberán estar identificados mediante un distintivo visible en su arnés o collar, que será único para todos los tipos de perro de asistencia y permitirá su identificación tanto ante las autoridades como en el ámbito privado. Además, las personas usuarias tendrán que acreditar su vinculación con el animal mediante un carné que contendrá sus datos personales y los datos de identificación oficial del perro de asistencia. Este carné adoptará la forma de tarjeta individualizada electrónica.

 


 

Envíanos tus vídeos, fotos, denuncias y noticias por WhatsApp (645 33 11 00)


 

Portal de Cádiz Social